Micelio
Auto8 de febrero de 2018

A- de 2018

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Ximena Saavedra Garcia·Demandado Bbva Seguros Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 37 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá y el Juzgado Tercero Civil Municipal de Ibagué.

La controversia entre los despachos judiciales involucrados tuvo su origen en las interpretaciones que hicieron del factor territorial.

Considera la Corte que el juzgado de Bogotá fue el que desconoció las disposiciones contenidas en los artículos 86 de la Constitución Política y 37 del Decreto 2591 de 1991, en tanto la accionante contaba con la posibilidad de acudir ante los jueces de ambas ciudades, a prevención, pues a todos les asistía competencia para dar trámite a su solicitud de amparo.

Se ordena remitir el expediente al Juzgado 37 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá, para que de forma inmediata tramite y profiera decisión de fondo respecto de la acción de tutela formulada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 18 de octubre de 2017, que profirió el Juzgado Treinta y Siete Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá, mediante el cual se declaró sin competencia para conocer de la acción de tutela presentada por Ximena Saavedra García contra las entidades BBVA Seguros y Banco BBVA.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3175 al Juzgado Treinta y Siete Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá, para que, de forma inmediata, tramite y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
  3. Tercero. Por Secretaría General, COMUNICAR a la parte accionante del proceso de tutela y al Juzgado
  4. Tercero. Civil Municipal de Ibagué la decisión adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.